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Nuestra agencia cuenta con un departamento de importaciones que le asesorará en todas las materias relacionadas con su proceso de importación.
Ingreso de Mercancías al Territorio Nacional
Se entiende por destinación aduanera la manifestación de voluntad del dueño, consignante o consignatario que indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que ingresan al territorio nacional.
Las mercancías que ingresen al territorio nacional, para ser desaduanadas deben tramitar ante el Servicio una DECLARACION DE INGRESO, o la respectiva declaración de destinación, pudiendo ser objeto de alguna de las siguientes destinaciones aduaneras:
Importación: Introducción legal de mercancía extranjera para su uso o consumo en el país.
Admisión Temporal: Ingreso al territorio nacional o al resto del país de ciertas mercancías provenientes del extranjero o de zonas de tratamiento aduanero especial, sin que estas pierdan su calidad de extranjeras, con un fin determinado y para ser posteriormente reexportadas, importadas, o entregadas a la Aduana.
Almacén Particular: Locales o recintos particulares habilitados por el Servicio de Aduanas, por un período determinado, para el depósito de mercancías, sin previo pago de los derechos e impuestos que causen en su importación.
Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo: Este sistema contempla, sólo para actividades de exportación, una modalidad especial de almacenamiento particular de materias primas, partes, piezas o elementos extranjeros que vayan a ser transformados, armados, integrados, elaborados, refinados o sometidos a otros procesos de terminación en tales recintos.
Reingreso: Retorno al territorio nacional de mercancías nacionales o nacionalizadas.
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Tránsito: Paso de mercancías extranjeras a través del país cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras. Igualmente se considerará como tránsito el envío de mercancías extranjeras al exterior que se hubieren descargado por error u otras causas calificadas en las zonas primarias o lugares habilitados, con la condición de que no hayan salido de dichos recintos y que su llegada al país y su posterior envío al exterior se efectúe por vía marítima o aérea.
Transbordo: Traslado directo o indirecto de mercancías, de un vehículo a otro, o al mismo en diverso viaje, incluso su descarga a tierra con el mismo fin de continuar a su destino, y aunque transcurra cierto plazo entre su llegada y su salida.
Redestinación: Envío de mercancías extranjeras desde una Aduana a otra del país, para los fines de su importación inmediata o para la continuación de su almacenamiento.
Toda destinación aduanera deberá declararse ante la Aduana bajo cuya potestad se encuentren las mercancías a que se refiere la destinación aduanera.
La declaración deberá ser presentada por un Despachador de Aduana, o por los interesados, cuando no se requiera intervención de despachador.
En caso que deba ser presentada por despachador, deberá hacerse en un formulario proporcionado por éste, de acuerdo al formato, contenido, número de ejemplares y distribución que para cada una de las destinaciones determine el Servicio.
El Agente de Aduana deberá actuar premunido del mandato que, para cada despacho, le otorgue el dueño o consignatario de las mercancías. En caso de mercancías ingresadas al territorio nacional en virtud de un contrato de transporte, el mandato se constituirá sólo por el endoso del original del conocimiento de embarque, carta de porte, guía aérea o del documento que haga sus veces
En los demás casos, el mandato se constituirá por medio de poder escrito, otorgado para un despacho determinado. |

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Qué documentos necesito para importar?
Dentro de los documentos obligatorios para toda importación con carácter comercial se encuentran los siguientes:
Conocimiento de embarque original, carta de porte o guía aérea, que acredite el dominio de la mercancía por parte del consignatario.
Factura comercial original, que acredite la mercancía objeto de compraventa y sus valores.
Declaración Jurada del importador sobre el precio de las mercancías, formulario que entrega el agente de aduanas.
Mandato constituido por el sólo endoso del original del conocimiento de embarque.
Dentro de los documentos que se requieren sólo para ciertas operaciones de importación se encuentran los siguientes:
Certificado de Origen, en caso que la importación se acoja a alguna preferencia arancelaria, en virtud de un Acuerdo Comercial.
Lista de empaque, cuando proceda, correspondiendo siempre en caso de mercancías acondicionadas en contenedores.
Certificado de seguros, cuando el valor de la prima no se encuentre consignado en la factura comercial.
Nota de Gastos, cuando éstos no estén incluidos en la factura comercial.
Permisos, visaciones, certificaciones o vistos buenos, cuando proceda.
¿ Qué mercancías puedo importar?
Puede importarse cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente, como por ejemplo: vehículos y motocicletas usadas, asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otras.
En ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control por parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlo, en forma previa, ante el respectivo organismo.
¿Qué mercancías no puedo importar?
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Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
¿Qué tributos deben pagar las importaciones?
Por regla general, las importaciones están afectas al pago del derecho ad valorem (6%) sobre su valor CIF (costo de la mercancía + prima de el seguro + valor del flete de traslado)y pago del IVA (19%) sobre su valor CIF más el derecho ad valorem.
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¿Qué mercancías requieren visaciones, certificaciones o vistos buenos para su importación?
- Todas aquellas mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, deban ser sometidas a control previo a su importación, por algún organismo del Estado.
A modo de ejemplo se mencionan las siguientes:
MERCANCÍA |
ORGANISMO |
Armas de fuego, municiones, explosivos y sustancias químicas, inflamables y asfixiantes |
Dirección General de Movilización Nacional ( www.dgmn.cl ) |
Material escrito o audiovisual relativo a las artes marciales destinado a la enseñanza, sin limitación alguna, cualquiera que sea la persona, establecimiento o entidad que efectúe la operación. |
Dirección General de Movilización Nacional ( www.dgmn.cl ) |
Alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres |
Servicio Agrícola y Ganadero
( www.sag.gob.cl ) |
Productos vegetales y mercancías que tengan el carácter de peligrosas para los vegetales. |
Servicio Agrícola y Ganadero
( www.sag.gob.cl ) |
Animales, productos, subproductos y despojos de origen animal o vegetal. |
Servicio Agrícola y Ganadero
( www.sag.gob.cl ) |
Fertilizantes y pesticidas |
Servicio Agrícola y Ganadero
( www.sag.gob.cl ) |
Productos o subproductos alimenticios de origen animal o vegetal. |
Servicio Agrícola y Ganadero
( www.sag.gob.cl ) |
Productos alimenticios de cualquier tipo |
Servicio de Salud |
Productos farmacéuticos o alimenticios de uso médico y/o cosmético |
Servicio de Salud |
Estupefacientes y sustancias psicotrópicas que causen dependencia. |
Servicio de Salud |
Sustancias tóxicas o peligrosas para la salud. |
Control Alimentos |
Elementos o materiales fértiles, fisionables o radioactivos, sustancias radioactivas, equipos o instrumentos que generan radiaciones ionizantes |
Comisión Chilena de Energía Nuclear
( www.cchen.cl ) |
Recursos hidrobiológicos, cualquiera sea su estado de desarrollo, incluidas las especies de carácter ornamental |
Subsecretaría de Pesca
( www.subpesca.cl ) |
Productos pesqueros |
Subsecretaría de Pesca
( www.subpesca.cl ) |
Equipos de radiocomunicaciones. Requieren autorización previa de uso de banda de transmisión |
Subsecretaría de Telecomunicaciones
( www.subtel.cl ) |
Restos humanos o cenizas de incineración de los mismos |
Ministerio de Salud, Hospital San Juan de Dios |
Desperdicios y desechos de pilas, baterías y acumuladores; desechos de cinc, de plomo, de antimonio, berilio, cadmio, cromo, de productos farmacéuticos, de disolventes orgánicos. |
Ministerio de Salud ( www.minsal.cl ) |
Especies de fauna y flora silvestres protegidas por el Convenio CITES |
Autoridad definida de acuerdo al artículo IX de la Convención
( www.cites.org ) |
La importación de cementos susceptibles de ser empleados en la confección de elementos de resistencia de obras públicas y edificios. |
Previo a su desaduanamiento deben presentar Certificado de Calidad, emitido por un Laboratorio de Control Técnico de Calidad de Construcción, inscrito en el Registro oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de Construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. |
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